La Junta de Departamento es el órgano colegiado de asesoramiento de los órganos de dirección del Departamento en cuanto a la actividad asistencial, docente y de investigación, así como de participación de las y los profesionales, en el mecanismo de toma de decisiones que afectan sus actividades.
Funciona mediante sesiones plenarias que tendrán lugar como mínimo cada 6 meses.
COMPOSICIÓN
La composición del Pleno de la Junta de Departamento garantiza la representación de los diferentes ámbitos asistenciales. Los puestos de vocal son elegidos por votación directa para un periodo de cuatro años, sin perjuicio de su posible reelección.
El pleno de la Junta de Departamento tendrá la siguiente composición:
- La o el gerente del departamento, que será la presidenta o presidente.
- El resto del equipo directivo del departamento.
- Seis representantes de las directoras o los directores de las áreas clínicas, jefatura de servicio y jefatura de zona básica.
- Seis representantes de los Coordinadores de Enfermería y supervisoras o supervisores de enfermería.
- Dos facultativas o facultativos del departamento cuya elección se realizará mediante votación por y de entre todo el personal facultativo que no ejerzan jefatura.
- Dos facultativas o facultativos en periodo de formación cuya elección se realizará por y de entre el personal que se encuentre en su misma situación.
- Coordinador o coordinadora del Servicio de Atención e Información a la o el Paciente (SAIP)
- Dos enfermeras/os elegidas por y de entre el personal con esta titulación y funciones.
- Dos Técnicas o técnicos en cuidados auxiliares de enfermería (TCAE) cuya elección se realizará por y de entre el personal con esta titulación y funciones.
- Dos técnicas o técnicos especialistas, elegidos por y de entre el personal con esta titulación y funciones.
- Dos representantes del personal no sanitario.
- Un o una representante de los centros de salud pública.
FUNCIONES
- Asesorar los órganos de dirección en todo el relativo a la prestación de la atención a la ciudadanía.
- Asesorar en la elaboración del plan anual de necesidades, teniendo en cuenta en todo caso las disponibilidades presupuestarias.
- Asesorar en materia de formación del personal, teniendo en consideración las necesidades existentes.
- Asesorar en materia de investigación.
- Garantizar la efectiva integración asistencial, proponiendo todas aquellas medidas tendentes a favorecerla.